AGENDA LEGISLATIVA
Necesario regular límites de contaminación auditiva

5 de Febrero.- A fin de aplicar las
medidas necesarias para la concientización social y la disminución del exceso
de ruido provocado por los altos niveles de música en las casas habitación,
centros nocturnos y salones de fiestas, el grupo parlamentario de Morena, a
través del diputado Pedro Amador Castro, presentó ante la Comisión Permanente
una iniciativa de ley.
En este sentido, lo
expuesto por el legislador local, pretende adicionar los artículos 99 bis y 99
ter a la Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango, mismos
que prevén aplicar medidas contundentes y generales para su correcta
regularización.
“Este contaminante
ambiental, intangible, que impacta el paisaje sonoro de las urbes, solo se
considera cuando genera daños auditivos y molestias, pese a que también afecta
la calidad del sueño y la vigilia, mientras se realiza alguna actividad”, dijo
Amador Castro.
Cabe destacar que las
multas previstas en la iniciativa son: el servicio comunitario, multa de cien a
veinte mil UMAS, o el arresto administrativo hasta por 36 horas, en caso de la
reincidencia del autor.
Asimismo, se establece que
en el caso de los establecimientos restaurante-bar, bares, discotecas, y centros
nocturnos, corresponderá a los Municipios establecer en sus reglamentos, los
horarios y rangos de las emisiones sonoras permisibles, ello sin menoscabo de
las regulaciones específicas.
Durante la exposición de
motivos, el morenista indicó que “esta contaminación provocada por el ruido, ha
desencadenado efectos perjudiciales para la salud, de los cuales varían desde
trastornos puramente fisiológicos, como la conocida pérdida progresiva de la
audición, hasta lo psicológico, al producir una irritación y un cansancio que
provocan disfunciones en la vida cotidiana”.
Actualmente, los límites
máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas, establece que, en
exteriores de zonas residenciales, de las 6:00 a 22:0 horas el máximo legal es
de 55 decibeles (dB), y de 22:00 a 6:00 horas, de 50 dB.
Por otro lado, en zonas
industriales de 68 y 65 dB; en exteriores de escuelas y áreas de juego, 55 dB,
y para ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento durante 4 horas, 100
dB.

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