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Garantiza Congreso acceso al tamiz neonatal ampliado en Durango



  28 de Mayo.- Por acuerdo unánime, el Poder Legislativo aprobó reformas a la Ley de Salud del Estado para establecer la aplicación del tamiz neonatal ampliado, con el propósito de detectar oportunamente enfermedades congénitas y diversos padecimientos que, atendidos a tiempo, pueden cambiar la calidad de vida de niñas y niños desde sus primeros días de nacimiento.

  La reforma avalada por el Pleno de la legislatura, es resultado de la iniciativa que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Martín Vivanco Lira, misma que fue analizada y dictaminada por la Comisión de Salud Pública del Congreso del Estado.

 

“Agradecer el apoyo a esta iniciativa. Lo dije en la comisión, la igualdad tiene que darse desde el punto de partida y aquí le estamos dando la oportunidad a todas las niñas y niños de Durango de que sus enfermedades sean detectadas a tiempo”, expresó el legislador al reconocer el respaldo de los coordinadores parlamentarios y de las y los integrantes de las comisiones legislativas.

 Asimismo, destacó el trabajo que ya realizan las autoridades del sector salud en Durango, señalando que la intención de la reforma es establecer criterios claros y garantizar el acceso universal a los tamizajes ampliados como un derecho fundamental para todas y todos.

 “Si nosotros podemos hacer una prueba a un bebé para diagnosticar enfermedades futuras, eso literalmente les cambia la vida”, afirmó.

 El legislador añadió que la reforma busca normar y ampliar la aplicación de todos los tipos de tamizaje existentes, fortaleciendo así el derecho a la salud desde la primera infancia.

 Con estas modificaciones, la aplicación del tamiz neonatal para la detección de cardiopatías congénitas graves o críticas deberá realizarse antes del alta hospitalaria, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud, las normas oficiales mexicanas, lineamientos técnicos, criterios médicos y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 Además, la Secretaría de Salud, promoverá que la aplicación, seguimiento, confirmación diagnóstica, referencia y atención oportuna derivada del tamizaje neonatal se realicen conforme a criterios médicos, capacidad resolutiva, infraestructura disponible, lineamientos técnicos, programación presupuestaria y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 De igual manera, las instituciones privadas que integran el Sistema Estatal de Salud y que presten servicios de atención obstétrica, partos, puerperio o atención médica a personas recién nacidas, deberán garantizar la aplicación del tamizaje neonatal correspondiente, ya sea de manera directa o mediante referencia a otra unidad o servicio autorizado.

 Cuando estos servicios se presten en instituciones públicas, las instituciones privadas deberán cubrir los costos correspondientes o sujetarse a los mecanismos que establezca la Secretaría de Salud.

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